Tipos de visas
Puede encontrar más información sobre los diferentes tipos de visa aqui
Requerimientos migratorios para visitar El Salvador
Requisitos para aplicar para una residencia temporal como inversionista
De acuerdo con el artículo 11 de la Ley de Inversiones, los inversionistas extranjeros con una inversión mayor a los cuatro mil salarios mínimos prevalecientes a la fecha de efectuada la inversión, tienen derecho a que se les emita una Residencia de Inversionista para permanecer y trabajar en el país.
- Los requisitos pueden ser descargados aqui: Temporary Residence as an Investor
Todos los ciudadanos no salvadoreños necesitan un permiso de trabajo para ser empleados en El Salvador, incluyendo a los ciudadanos de países centroamericanos. Este permiso es oficialmente denominado Residencia Temporal con Autorización para Trabajar y es emitido para el extranjero al que le ha sido ofrecido un empleo en El Salvador. De acuerdo a la ley, un extranjero no puede iniciar a trabajar hasta que Migración le entregue el carné de Residente Temporal con permiso de trabajo.
Es recomendable que todos los extranjeros que ingresen al país con la intención de trabajar traigan con ellos los siguientes documentos:
- Solvencia de buena conducta expedida por la policía del país donde haya residido los dos (2) últimos años anteriores, debidamente autenticada o presentando estampada en el documento de la apostille.
- Partida de nacimiento, debidamente autenticada por el consulado salvadoreño en su país de origen y posteriormente en el Ministerio de Relaciones Exteriores en El Salvador o presentando estampada en el documento de la apostille.
- Certificación de la profesión y oficio debidamente autenticada o presentando estampada en el documento de la apostille.
Estos documentos son requeridos para obtener la Residencia Temporal con autorización para trabajar. Hay que notar que estos documentos deberán presentarse debidamente autenticados o en su defecto con el sello Apostille.
Los cónyuges de los ciudadanos extranjeros también deberán aplicar a una Residencia Temporal. Los cónyuges usualmente aplica a la Residencia Temporal para acompañar a su cónyuge que trabaja en El Salvador. En ese caso, el permiso de Residencia en el país no otorga el permiso de trabajar, por otra parte, sí la esposa tiene una oferta de trabajo deberá aplicar a una Residencia Temporal con autorización para trabajar. Sí el cónyuge aplica inicialmente a una Residencia de “acompañante” y luego recibe una oferta de empleo existe la posibilidad de cambiar su status a la Residencia Temporal con permiso de trabajo siguiendo algunos requerimientos de Migración.
Sí el ciudadano extranjero trae consigo a sus hijos, también deberá aplicar a una Residencia Temporal para la familia del empleado extranjero.
Las oficinas centrales de Migración se encuentran en Edificio de Gobernación, Centro de Gobierno, San Salvador.
Su sitio web es: www.gobernacion.gob.sv/eGobierno/Direcciones/DGME
Y el número telefónico es
+(503) 2233-7700
Autenticar o Apostillar un documento
Para autenticar o apostillar un documento en El Salvador es necesario llevarlo al Ministerio de Relaciones Exteriores en el Centro de Gobierno, Edificio 4, 1er piso, de Lunes a Viernes. El número telefónico es +(503) 2231-1000, extensión 1336. El apostille es gratis, el costo de autenticar una firma de un funcionario salvadoreño es de $5.00 y el costo de autenticar la firma de un funcionario extranjero es de $20.00
La Apostilla
La Convención del 5 Octubre de 1961 sobre la Abolición de la Necesidad de Legalizar Documentos Públicos Extranjeros simplificó dramáticamente una serie de formalidades que complicaban la utilización de documentos públicos fuera de los países de los cuales emanaban.
La conocida cadena de autenticación de documentos constituía un procedimiento lento y costoso.
La Convención reduce todas las formalidades de legalización a la simple entrega de un certificado en un formato establecido, llamado 'Apostilla', por parte de las autoridades del Estado en donde se originaron los documentos. Este certificado, puesto en el documento o en una hoja de papel adjunta, queda fechada, numerada y registrada.
Los países que han ratificado o quedan obligados en virtud de la Convención: aqui.
Requisitos obligatorios básico para establecer un negocio en El Salvador, aqui.